viernes, 18 de junio de 2010
Leonard Weinglass y nueva apelacion de Gerardo Hernández
Entrevista con Leonard Weinglass, sobre nueva apelacion de Gerardo Hernández
por Gloria La Riva, coordinadora, Comité Nacional para la Libertad de los Cinco
traducción por Juanita Rodríguez Lopez
Lunes 14 se anunció la presentación de una petición de habeas corpus a nombre de Gerardo Hernández. ¿Qué es una petición de habeas corpus, y por qué se le conoce también como colateral?
Después de su condena Gerardo tenía derecho de apelar ante la corte de apelaciones del circuito en Atlanta, lo cual hizo, y después buscar una revisión por parte de la Corte Suprema de los Estados Unidos, lo cual también hizo. Ese proceso es la apelación directa. Cuando ese proceso culmina, como en el caso de Gerardo Hernández, entonces uno tiene el derecho de emprender una apelación colateral, o un ataque colateral a las condenas, que es una forma muy limitada de apelación, (solamente temas constitucionales que no se hayan litigado previamente, además de una afirmación de inocencia real), en lo que anteriormente se conocía como "habeas corpus federal". Ahora se le llama moción por la "Sección 2255". Y ahí es donde nos encontramos ahora.
Presentamos la moción por la 2255 el 14 de junio, y entregaremos el expediente en los siguientes 30 días, indicando aquellas violaciones constitucionales que no habían formado parte de la apelación previa y una declaración de inocencia real.
¿Por qué es esta la apelación final para Gerardo? ¿No es el habeas corpus un recurso sin límite de tiempo ni restricciones?
Sin lugar a dudas sí existe un límite de tiempo para el habeas corpus (Sección 2255). Usted debe presentarlo dentro del año siguiente al último evento de la litigación. En el caso de Gerardo éste fue cuando la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó nuestra petición de revisión el 15 de junio de 2009. Así que teníamos un año hasta el 14 de junio de 2010, para presentar el ataque colateral o el habeas corpus. Sin embargo, si se llega a un momento, incluso después de concluido este plazo, en que aparezca nueva evidencia que no había estado disponible, usted puede regresar a la corte con una muy estrecha oportunidad y argumentar inocencia real, que es lo que nosotros estamos argumentando también en los documentos que hemos presentando.
Cualquier evidencia de inocencia real o de grave mala conducta por parte del gobierno pudiera resultar posiblemente una base para ir nuevamente a la corte, a pesar de tener un plazo de un año de limitación en la instancia actual.
¿Por qué existe un límite de un año?
Ese límite fue establecido por el Congreso en 1996, y firmado por el Presidente Clinton. No había limitación alguna, pero en la reforma de 1996 establecieron un plazo límite de un año para la presentación. Muchas personas piensan que es injusto porque lo que está sucediendo frecuentemente en una serie de casos es que la evidencia surge después del plazo límite de un año, lo cual debe de ser parte del habeas corpus. En la actualidad un acusado es presuntamente excluido - salvo que él o ella pueda convencer a la corte del derecho de aceptar una presentación tardía, que no es fácilmente hecha.
¿En qué corte fue presentado lo de Gerardo y cuáles son los próximos pasos si esta gestión es rechazada?
El caso está presentado en la Corte del Distrito Federal de Miami, que es la corte del distrito sur de la Florida. Este es el mismo distrito donde se realizó el juicio. Por lo general el caso es presentado de nuevo al mismo juez. Sin embargo, en Miami, al igual que en una serie de otros distritos federales, frecuentemente el juez que esté sesionando refiere la moción al magistrado, que examina los papeles y hace una audiencia si es necesario.
En algunos casos complicados el juez de la corte del distrito federal pudiera realmente retener el caso y celebrar una audiencia ante si mismo. Todavía no sabemos si la jueza Lenard, que fue la que ofició en el juicio, mantendrá este caso para si misma o si lo va a referir a un magistrado.
¿Si el magistrado o la jueza cree que el caso ha lugar, qué pasará?
Si alguno de ellos cree que el caso ha lugar, se escribe una opinión. Y en esa opinión la corte establecerá la reparación. La reparación que estamos buscando, desde luego, es un nuevo juicio para Gerardo. Entonces, si perdiéramos, tendríamos el curso normal de apelaciones. Podemos ir de nuevo al 11no. Circuito de la Corte de Apelaciones y ellos revisarán el caso si el tribunal o la corte de apelaciones certifica los temas para la revisión. Y si pierdes allí, puedes pedir de nuevo a la Corte Suprema de los Estados Unidos que reciba el caso.
Uno de los puntos de la apelación es el referido a los periodistas que estuvieron siendo pagados, sin que la defensa haya tenido conocimiento de ello, periodistas que eran supuestamente independientes pero estaban recibiendo dinero de Radio y TV Martí.
Este es un caso clásico de evidencia recientemente revelada de una dimensión constitucional. El juicio tuvo lugar en el periodo de 2000 a 2001. Nadie sabía que estos periodistas estaban siendo pagados en aquellos momentos por el gobierno. Pero en el año 2006 fue revelado que de hecho algunos de los periodistas que reportaban regularmente, estaban también en la nómina del gobierno federal en conexión con Radio y TV Martí. Teniendo en cuenta que esto no fue revelado hasta 2006, resulta una evidencia de nueva revelación. Al ser esta es una evidencia de que el gobierno manipuló la actitud de la comunidad, lo cual resulta de dimensión constitucional, ya que ello violó el derecho constitucional de Gerardo a tener un juicio justo.
Entonces en nuestros documentos estamos citando la revelación de 2006, y todo el excelente trabajo que fue hecho por el Comité Nacional para sustentar estas revelaciones y para solicitar, bajo la Ley de Libertad de Información, otras informaciones, que están todavía pendientes de ser reveladas, para reforzar la petición.
Existe aún más información, como los litigios por los procedimientos de la Ley de Libertad de Información, para revelar aún más y más información acerca de estos periodistas, sus acuerdos con el gobierno, lo que hicieron, y bajo cuáles auspicios.
Nosotros esperamos que el caso esté en la corte del distrito al menos seis meses, probablemente más. De manera que si recibimos nueva información, la misma puede ser agregada a los documentos que nosotros presentaremos este mes y el próximo..
Usted ha recorrido un largo camino defendiendo a gente que ha sido acusada por estar involucrada en casos de justicia social. ¿Cómo usted ve el caso de los Cinco Cubanos en el contexto de su historia de defensa de prisioneros políticos?
Este caso es muy similar a aquellos casos hasta este nivel: Una vez que usted tiene una acusación en la que el gobierno tiene un interés político en el resultado, converge allí una fuerte probabilidad de que los pasos que se hayan dado hayan sido inapropiados en la iniciación y procesamiento del caso. Y los pasos que fueron dados eran desconocidos al momento del juicio o se conocieron después. Este caso cayó en la categoría de los juicios políticos en los que el gobierno tiene un interés político en el resultado.
Nosotros vamos a estar buscando otras informaciones que el gobierno tiene congeladas, que no las han provisto, acerca de que ellos han estado manipulando este proceso con el fin de obtener una condena. Como ha sucedido en casos anteriores, este será un proceso revelador donde nosotros vamos a encontrar cosas que no eran conocidas al momento del juicio y que solo se han llegado a saber mediante algunos empujones y presiones.
¿Qué abogados están vinculados a las apelaciones?
La mayoría de los abogados se han mantenido en el caso, que se ha prolongado durante 12 años. Otros se han incorporado durante la apelación.
Este es un proceso típico. Con frecuencia, como en el caso de Tom Goldstein, se requiere una pericia especial de un abogado que practica ante una corte específica. Goldstein, desde luego, es un experto en litigios ante la Corte Suprema de los Estados Unidos. Ël es profesor de seminarios sobre litigios ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, tanto en Harvard como en Stanford.
Cuando llegamos al nivel de la Corte Suprema retomamos a Tom Goldstein.
Con relación a mí, yo llegué al caso en el año 2003, hace siete años, cuando el caso estaba para ser llevado a la audiencia de apelación. El abogado de Antonio se enfermó y se me pidió reemplazarlo.
Algunas personas han preguntado si existe alguna posibilidad de remedio después de la apelación final, si existe algún remedio, alguna corte en el plano internacional disponible para los Cinco.
En mayo de 2005 un subcomité del Comité de la ONU para los Derechos Humanos, el Grupo de Trabajo Sobre las Detenciones Arbitrarias, presentó una opinión por parte de cinco jueces, acerca de que la sede violó las normas internacionales de un debido proceso, y solicitaron a los Estados Unidos llevar el caso a otra localidad. Desde luego EEUU no respondió. Existen otras sedes internacionales que pudiéramos tener en cuenta, pero eso tendrá que esperar hasta que todas las apelaciones internas se hayan agotado.
Estamos hablando de leyes y de aspectos legales.
¿Qué otros medios usted piensa que existen para obtener justicia para los Cinco Cubanos?
La presentación del 14 de junio se hizo a favor de Gerardo Hernández. Las de los otros se harán en su momento. Pero el caso de Gerardo es ejemplar porque él está cumpliendo dos sentencias a cadena perpetua más 15 años, en una situación en la cual él es evidentemente inocente de los cargos. Además, él es la primera persona en la historia de los EEUU en ser acusada del derribo de una nave aérea por las fuerzas armadas de otro país actuando en defensa de su espacio aéreo.
Además, como una simple cuestión de falta de evidencia usada contra él, los fiscales de los EEUU reconocieron al final del juicio en una moción de emergencia a las cortes de apelaciones que ellos no tenían suficiente evidencia para condenarlo, refiriéndose a ello como un "obstáculo insuperable" para obtener una condena si la jueza daba sus instrucciones al jurado sobre este base. Sin embargo, la apelación fue rechazada, las instrucciones fueron dadas, y el jurado lo condenó. Solo en Miami.
El caso de Gerardo realmente reclama la intervención de adicionales fuerzas, de personas no vinculadas a juicios, ni a procesos legales, sino de la gente que en todo el mundo se interesa por los derechos humanos y la justicia.
¿Qué mensaje tiene usted para Gerardo y para el movimiento?
Yo hablé con Gerardo hace dos días, él me llamó desde su prisión de máxima seguridad en California. Quería que lo actualizara acerca de la situación actual del caso. Él es una persona muy fuerte y segura, que cree en su propia inocencia y en su país.
Él ha cumplido con honor como un voluntario en África en la lucha contra el apartheid. Ha sido un prisionero ejemplar, no ha tenido una sola violación en los 12 años que lleva viviendo bajo los rigores de un confinamiento de máxima seguridad. Él se dirige a la comunidad mundial interesada en las cuestiones de justicia para hacerles conocer su causa. Así mismo, él se siente confiado en que finalmente será reconocida su inocencia.
English on ; http://realcuba.wordpress.com/, or http://www.freethefive.org,
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