lunes, 11 de octubre de 2010
Riesgos de la expansión de empresas no estatales en la economía cubana y recomendaciones para evitarlos
-Camila Piñeiro Harnecker - Rebelión
Este trabajo intenta alertar sobre las consecuencias negativas más importantes que la decisión recientemente anunciada de permitir la libre contratación de trabajo asalariado puede generar para la sociedad cubana. Se atreve también a proponer algunas medidas para aumentar las posibilidades de que las nuevas empresas no estatales contribuyan a un desarrollo de la economía cubana que consolide nuestra construcción socialista, es decir, la creación de una sociedad más justa y humana. Es una síntesis actualizada de la ponencia “Nuevas formas empresariales en la economía cubana” preparada para el seminario “Economía y Administración” organizado por la Facultad de Economía de la Universidad de La Habana y la Universidad de Humbolt, Berlín, el 24-25 de septiembre de 2010.
-Riesgo: la expansión de prácticas y valores capitalistas
Como se podrá encontrar argumentado en otros trabajos, la empresa socialista (es decir, aquella donde se materialice la “propiedad social”) no es necesariamente una empresa administrada por el Estado. Lo que define a una empresa socialista es la medida en que su administración o gestión es controlada por la sociedad: tanto por su colectivo de trabajadores como las comunidades donde están ubicadas y otros grupos sociales sobre los cuáles impacta la actividad de la empresa. Como se analiza después, la intensidad y el alcance del control que los representantes de los intereses sociales afectados necesitarán ejercer sobre la gestión democrática de un colectivo de los trabajadores (quienes son los primeros afectados), dependerá de la actividad de su empresa y los intereses sociales.
Siguiendo esta lógica, una persona que trabaje sola (un trabajador por cuenta propia) o una empresa gestionada democráticamente por sus trabajadores (empresa autogestionada, como las cooperativas), que además esté orientada por intereses sociales, es una empresa socialista. Ellas constituyen instancias genuinas de propiedad social. Su introducción no representa un retroceso en la construcción del socialismo.
Sin embargo, una empresa que sea controlada por una persona (en la figura de cuentapropista o cualquier otra) y contrate la fuerza de trabajo de otros de forma permanente (no temporal) no es una empresa socialista. Es una empresa donde hay un capitalista, que controla la toma todas las decisiones y no permite que los trabajadores asalariados participen en esa toma de decisiones. Los trabajadores asalariados, al vender su fuerza de trabajo, ceden su capacidad de participar en la gestión, es decir, de controlarla. Según la teoría marxista, ese control privado (no social) o “propiedad privada” materializada en la relación de producción capitalista-trabajador asalariado, es la base del funcionamiento de la sociedad capitalista. A partir de la práctica cotidiana de esa relación las personas, tanto los capitalistas como los asalariados, desarrollan los valores del individualismo, el egoísmo, y la apatía o insensibilidad ante las necesidades e intereses de otros seres humanos.
Lo que hace injusta la condición de trabajador asalariado no es solo la cuantía del salario que él recibe: si éste es equivalente o no al valor de lo que él produce, ni si éste alcanza o no a satisfacer sus necesidades básicas. La injusticia está en el carácter no democrático de una gestión que ve a los trabajadores no como humanos con capacidades intelectuales sino como simples máquinas o insumos del proceso productivo. El capitalista (la persona que es dueña de la empresa, de su capital) puede tener buenas intenciones, pero mientras no ceda su control sobre la gestión de la empresa y la comparta con los otros trabajadores, estará dando vida a una relación social injusta.
Por tanto, cuando nosotros promovemos la contratación de trabajo asalariado sin límites, y sin ni siquiera darnos la posibilidad de crear empresas autogestionadas que podrían realizar esas actividades para las que se necesita más de una persona, estamos promoviendo la expansión de prácticas y valores capitalistas. Se está impidiendo que aquellas personas que se ven obligadas a vender su fuerza de trabajo se desarrollen como seres humanos plenos, sintiéndose menos capaces y menos valiosos ante la sociedad. Se está privilegiando las soluciones individuales sobre las colectivas, las formas de gestión autoritarias sobre las democráticas, el egoísmo sobre la solidaridad.
-Recomendación: privilegiar la creación de empresas autogestionadas sobre la contratación de trabajo asalariado
Para promover la relación de producción socialista (aquella que Marx definió como la asociación de trabajadores libres unidos por un plan) no es necesario ni aconsejable prohibir la contratación de trabajo asalariado. Pero sí es imprescindible establecer claros límites y regularla de manera que a las personas que tienen la ventaja de contar con recursos financieros e iniciativas emprendedoras les resulte más atractivo conformar empresas autogestionadas, así como que los menos afortunados prefieran incorporarse a ellas en lugar de convertirse en asalariados.
Una variante estricta es establecer que la contratación de fuerza de trabajo sea solo de forma temporal, para hacer frente a comportamientos estacionales o situaciones imprevistas que requieren de más trabajadores. Si se decide permitir la contratación de fuerza de trabajo permanente, el impuesto que la empresa debe tributar por cada trabajador contratado podría diferenciar entre trabajadores temporales y permanentes, siendo más alto para estos últimos. Además, sería recomendable que el impuesto por trabajo asalariado (permanente y, quizás, temporal) se incremente progresivamente a medida que el número de asalariados aumente. Si se busca que las empresas no contraten más de un número x de trabajadores, el impuesto a partir del asalariado x+1 podría aumentar drásticamente.
Por supuesto que con estas regulaciones o incentivos negativos no se logra prevenir que los capitalistas utilicen distintas variantes para aumentar sus beneficios individuales, como crear varias empresas a nombre de personas de su confianza de manera que puedan contratar a más personas; contratar reiteradamente a personas como temporales para hacer frente a situaciones que son realmente de carácter permanente; contratar de manera no oficial para no tener que pagar los impuestos; etc. Por ello es importante crear incentivos positivos que promuevan las empresas socialistas haciéndolas más atractivas.
Si estamos interesados en promover la creación de empresas socialistas en lugar de capitalistas, es necesario pasar una ley de cooperativas, o—para que sea más abarcadora y permita la creación de otras variantes de autogestión como la cogestión y los partnerships—una ley de empresas autogestionadas, que facilite su creación y establezca la responsabilidad de las instituciones estatales de apoyarlas. Será necesario para ello crear una institución con oficinas en los territorios (así como la ANAP atiende a las cooperativas agropecuarias) que tramite su registro legal y la obtención de su correspondiente licencia de operación. Ella debería también brindar o facilitar el acceso a capacitación en gestión y en las particularidades de empresas gestionadas democráticamente, servicios de contabilidad y legales, asistencia técnica, avales que certifiquen su gestión realmente democrática, etc. Una importante tareas sería fiscalizar a las empresas registradas como autogestionadas, exigiendo reportes periódicos de su actividad económica (balances económicos) y social (actas de asambleas de los trabajadores que demuestren la participación de los trabajadores en las decisiones más importantes, listado de trabajadores asociados, y, de ser el caso, trabajadores contratados temporales; y permanentes, si se decidiera permitirlo) y otros aspectos de interés para asegurar que sean realmente empresas autogestionadas y no empresas capitalistas que pretenden ser lo contrario para acceder a sus privilegios.
Las empresas autogestionadas (como las cooperativas u otros tipos de empresas democráticas que se decida legislar) no deberían pagar el impuesto por contratación de fuerza de trabajo pues los trabajadores que la conforman, en la medida que su gestión es realmente democrática, no son asalariados sino asociados. Cuando las empresas autogestionadas contraten trabajo asalariado, sí deberían pagar el mismo impuesto que pagaría una empresa capitalista. Como las empresas autogestionadas al registrarse como tales asumen una lógica de funcionamiento que no es la maximización de la ganancia sino la satisfacción de las necesidades de sus miembros, quizás sí sería adecuado restringir su contratación a trabajo temporal solamente, o limitar el número de trabajadores asalariados permanentes en relación con el número de socios (en otros países es un 10-30 por ciento).
Otras medidas que se pueden tomar y serían efectivas para promover las empresas autogestionadas es exigir a las instituciones estatales que las prioricen sobre las capitalistas en su contratación de bienes y servicios. A las empresas autogestionadas se les puede dar ventajas para que accedan a los insumos productivos que requieren con precios más bajos (no subsidiados) o con créditos de condiciones más favorables. Ventajas en el acceso a financiamiento (intereses más bajos, tiempo de gracia) tendrían también un gran impacto.
Pero todas estas prerrogativas, para evitar que sean abusadas por empresas que se comportan realmente como capitalistas, deben venir acompañadas de una efectiva supervisión por la institución ya mencionada, y además, por cualquier ciudadano, sobre todo los propios trabajadores. Para ello es clave que las empresas sean totalmente transparentes en su gestión: que la documenten correctamente y esa información esté disponible al escrutinio público mediante la institución que las atiende. En la legislación que regule a las empresas autogestionadas debe quedar claro cuáles son sus derechos y obligaciones, y cuáles son las consecuencias de no cumplir con las últimas.
Sin embargo, para que el estado cubano privilegie a las empresas autogestionadas, éste deberá primero aclarar su posición en relación a la contratación de trabajo asalariado permanente. Deberá definir si el socialismo cubano se caracterizará o no por un nivel de justicia social tal donde éste resulta incompatible. Ello dependerá de que se incluya en nuestra definición de justicia social el derecho de las personas a desarrollarse como seres humanos plenos, teniendo en cuenta no solo sus necesidades materiales sino también las necesidades espirituales de realizarse como seres individuales y sociales plenos.
-Riesgo: orientación de la actividad económica hacia la ganancia en lugar de hacia la satisfacción de intereses sociales
Los elementos de la organización del trabajo en la construcción socialista más importantes para los clásicos del marxismo fueron fundamentalmente dos: que las empresas sean asociaciones de trabajadores libres gestionadas democráticamente; y que ellas estén unidas y guiadas por un plan que garantice que satisfagan intereses sociales, lo que implica básicamente una gestión democrática de la economía por la sociedad. La necesidad de la planificación o coordinación ex-ante no es solo para evitar las crisis cíclicas del capitalismo, sino también para que la sociedad pueda guiar las actividades productivas y de esa manera se logren satisfacer realmente las necesidades más importantes y no sólo las que generen más ganancias a las empresas.
De hecho, cuando la sociedad no ejerce ese control para garantizar que la economía responda a sus intereses, lo que guía el funcionamiento de las empresas es la maximización de la ganancia, que es la lógica inherente a las relaciones mercantiles o de mercado; la cuál raramente coincide con el interés social básico. Bajo esa lógica, las empresas tienden a priorizar las producciones que más ganancias produzcan a costa de otras de alta necesidad, a concentrar la oferta en los sectores poblacionales de mayor capacidad de compra aunque no de mayores necesidades, a fijar precios muy por encima de sus costos siempre que les sea posible, a evadir impuestos, a utilizar materias primas y tecnologías más baratas pero que dañen la salud y el medio ambiente, a discriminar a aquellos de menores capacidades productivas por razones ajenas a su voluntad, entre otros comportamientos que violan sus obligaciones legales y/o producen males como desabastecimiento, desigualdades, desempleo, problemas de salud y medioambientales.
Como lo evidencia la realidad cotidiana, e incluso la teoría neoclásica si sus postulados son analizados con detenimiento, las leyes del mercado no son efectivas para garantizar la oferta requerida de productos de baja elasticidad de demanda como bienes y servicios básicos de los cuáles las personas no pueden prescindir aunque aumenten los precios y renuncien al consumo de otros. Además, ellas entran en funcionamiento ex-post, después que el problema ya ha sido creado. El sistema de mercado es aún menos adecuado para lograr satisfacer otros intereses sociales como el mantenimiento de ciertos niveles de igualdad, la no discriminación de género u otro tipo, la internalización de costos sociales como la contaminación medioambiental y el desempleo, ni la externalización de beneficios sociales como compartir sus conocimientos u otros recursos, etc. En general, cualquier intento genuino de una empresa de actuar de manera socialmente responsable le resulta en un costo de oportunidad que afecta su posición en el mercado.
Es importante insistir en que es la propia lógica del funcionamiento de los mercados lo que generalmente no le permite a la empresa orientar sus actividades acorde a los intereses sociales. Además, incentivar la maximización de beneficios individuales—la justificación que generalmente se utiliza para promover las relaciones mercantiles—no es equivalente a promover ni siquiera la satisfacción de necesidades materiales básicas.
Por otro lado, es preciso aclarar que la empresa estatal (es decir, aquella administrada por representantes del estado) no está necesariamente bajo control social u orientada a satisfacer intereses sociales. Esto depende de que los administradores estatales respondan efectivamente a las directivas que reciben de los organismos a los que está subordinada la empresa, y, primero que todo, que esas directivas del plan reflejen acertadamente los intereses sociales. Numerosos economistas han identificado las limitaciones de un sistema de planificación autoritaria (no democrática y excesivamente centralizada) tanto para identificar los intereses sociales, como para motivar a los administradores estatales a que ofrezcan la información necesaria para una efectiva planificación y a que después cumplan con las directivas asignadas.
-Recomendación: promover el control social de las empresas no estatales por gobiernos locales y sus ciudadanos
Pero un sistema de mercado no es la única alternativa a la planificación autoritaria. Varios economistas han apuntado a cómo pueden diseñarse instituciones que promuevan y faciliten relaciones de intercambio horizontal con una lógica compatible con el interés social, es decir, relaciones de intercambio no mercantiles. En lugar de aceptar a las relaciones mercantiles como ineludibles—dada las indiscutibles ventajas de las relaciones de intercambio horizontales (rapidez, flexibilidad, posibilidad de elegir entre distintas opciones) y la inefectividad de la planificación autoritaria—es posible establecer una síntesis superior que combine las ventajas de las actividades descentralizadas con las ventajas de que esas actividades estén guiadas por intereses sociales definidos en los territorios y grupos sociales donde ellas impactan. Esto no es más que hacer que las empresas, estatales o no, operen bajo una lógica que premie los comportamientos socialmente responsables y penalice los que atenten contra el interés social.
Para lograr que una empresa contribuya a satisfacer necesidades y expectativas sociales, ellas deben primero que todo ser identificadas y articuladas en intereses sociales. Dado su carácter bilateral, las relaciones horizontales por sí mismas no permiten que los compradores y vendedores identifiquen y tengan en cuenta los intereses de otros. Para definir intereses sociales es necesario que esos actores y aquellos afectados por sus actividades participen de espacios de coordinación democrática donde se identifiquen sus intereses particulares y ellos sean acoplados en intereses sociales lo más cercanos posibles a los de todos. Después, es necesario que la lógica de funcionamiento de las empresas promueva la internalización de esos intereses.
Puesto que el impacto de la actividad de las nuevas empresas no estatales—al parecer pequeñas y medianas—será fundamentalmente a nivel local, el control social necesario para asegurar que ellas respondan a intereses sociales puede concentrarse en instituciones y políticas a nivel de municipio o consejo popular. Por tanto, los gobiernos locales deberían asumir la responsabilidad de orientar a las empresas en su territorio hacia el interés social. Para ello sería recomendable que crearan espacios de coordinación democrática, que incluyan a representantes de las empresas no estatales (asociaciones o consejos de cuentapropistas, de empresas autogestionadas, y capitalistas) y representantes de los intereses sociales (delegados del poder popular y de organizaciones sociales) en esos territorios, para que de forma consensuada se diseñen planes de desarrollo, se implementen políticas acordes y se supervise su cumplimiento.
En la medida en que los gobiernos locales logren una genuina articulación de los intereses sociales en sus territorios, los representen fidedignamente en planes de desarrollo local, y los implementen efectivamente mediante políticas e instituciones, su control sobre las empresas será más legítimo. Así, si las empresas saben que sus aportes van a ser utilizados efectivamente para la satisfacción de necesidades sociales o, mejor aún, si sus representantes pueden participar en las decisiones de cómo utilizarlos (mediante procedimientos democráticos como los presupuestos participativos), y pueden controlar su uso (mediante una rendición de cuentas del gobierno local realmente transparente), les será más difícil evadir impuestos y otras responsabilidades sociales.
Por supuesto que el alcance e intensidad del control social que ejerzan los gobiernos locales sobre las empresas en sus territorios debería variar en dependencia de la importancia básica o estratégica de la actividad que realicen. En la mayoría de los casos, les será suficiente definir claramente en las licencias de operación, así como en los contratos de usufructo, de financiamiento y compraventa, los comportamientos que se esperan de ellas sin interferir en la toma de decisiones de las empresas. Dependiendo de la actividad de la empresa, se le podrá exigir: contribuciones a los fondos de consumo social de los presupuestos a nivel local, provincial y nacional a partir de sus ventas; criterios para definir precios a partir de costos y beneficios sociales; niveles de producción y calidad requeridos; compromisos de ventas a instituciones públicas; entre otras obligaciones.
Todas las empresas deberían contribuir al sistema de seguridad social, de manera que los trabajadores puedan contar con recursos para satisfacer sus necesidades básicas cuando alcancen la edad de la jubilación o sufran alguna enfermedad que les imposibilite trabajar. Todas las empresas deberían también pagar impuestos progresivos sobre sus utilidades netas o ganancias, de manera que contribuyan al consumo social del cuál sus trabajadores también se benefician. Sin embargo, estos no deben ser excesivos: deben permitir que la empresa pueda reiniciar su ciclo productivo sin necesidad de solicitar financiamiento. Es importante también señalar que los impuestos sobre las ventas—aunque recomendables para garantizar sus aportaciones, pues las empresas pueden decidir realizar gastos más allá de lo necesario para reducir sus aportes por utilidades—no deben ser muy altos para aquellos productos que se consideren básicos o que se quiera promover su producción, porque ellos constituyen un costo de operación que es traspasado al precio que deberán pagar los clientes. En general, para evitar llegar a extremos que sacrifiquen los intereses de las empresas y sus trabajadores sobre el interés social, desestimulando por tanto su actividad, es importante que sus obligaciones se correspondan con los objetivos de los planes locales de desarrollo democráticamente decididos con la participación de representantes de sus intereses.
Como fue mencionado anteriormente en relación a la contratación de trabajo asalariado permanente (cuya eventual erradicación debería constituir un interés de toda sociedad comprometida con la construcción socialista), para garantizar que se cumpla con esos intereses sociales concretados en compromisos legales que establecen las empresas en sus licencias de operación y contratos con instituciones estatales, es necesario controlar efectivamente su cumplimiento exigiendo una gestión transparente y la posibilidad de que sean supervisados no solo por la institución correspondiente, sino también por cualquier ciudadano interesado en que se respete el interés social. Además de estos incentivos negativos asociados a las sanciones por incumplimiento de sus obligaciones legales, los mismos incentivos positivos propuestos anteriormente para privilegiar a las empresas autogestionadas sobre las capitalistas, deberían ser utilizados para premiar a aquellas que contribuyan a la satisfacción de intereses sociales.
Por último, es importante aclarar que este control social sobre la actividad empresarial no significa vedar que las empresas establezcan relaciones horizontales de intercambio. Esas relaciones descentralizadas son claves para empresas que requieren actuar con flexibilidad y celeridad. Tampoco significa prohibirles que intenten aumentar sus utilidades, pues evidentemente no es posible ni conveniente. El asunto es lograr, mediante la planificación democrática y un sistema de incentivos negativos y positivos acorde, que la lógica de las relaciones de intercambio horizontales que guíe el funcionamiento de las empresas no sea meramente la maximización de sus beneficios individuales estrechos, sino que ellos internalicen el interés social.
-Concluyendo…
Existen otras consecuencias negativas que se pueden derivar de la promoción de empresas no estatales sin que se perfeccione realmente (es decir, se descentralice y democratice) la gestión de la empresa estatal, como el debilitamiento de la empresa estatal debido al aumento de los desvíos (i.e., robo) de sus insumos y trabajadores al sector no estatal. Por ello, habría sido más acertado haber comenzado por reformar la gestión de la empresa estatal antes de la apertura a empresas no estatales.
Por otro lado, si no se crean las condiciones mínimas para que las nuevas empresas no estatales puedan ser exitosas antes de que ocurran los despidos planificados, se corre el riesgo de que un número elevado de ellas fracasen. Esas personas perderán confianza en su capacidad de volver a intentarlo, además de las graves consecuencias que trae el desempleo para ellas y la sociedad en general.
Sin dudas, la apertura a pequeñas y medianas empresas no estatales en nuestra economía puede tener consecuencias bien positivas como la generación de empleo y la satisfacción de algunas necesidades de consumo hoy insatisfechas. Pero la medida en que ellas alcancen estas y otras de sus importantes potencialidades, y se eviten las consecuencias negativas aquí expuestas, dependerá de las decisiones que se tomen, y de todos los que se atrevan a intentar influenciar esas decisiones. Para maximizar nuestras oportunidades de éxito como sociedad, y más aún como sociedad comprometida con la construcción socialista—una meta aún más exigente, pero ineludible—es importante que esas decisiones sean pensadas con detenimiento, teniendo en cuenta distintas posiciones, pero teniendo como guía el interés de toda la sociedad. Para tener claro ese interés social, esa visión de país que nos guía, resulta imperioso y urgente definir los principios esenciales que deberán caracterizar al socialismo cubano, como nos convocó Raúl en su discurso ante la Asamblea Nacional el 1ro de agosto de 2009.
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